terça-feira, 26 de janeiro de 2016

RFB - Ingresos regula la tributación de las remesas extranjeras

Fecha / Hora: 01/26/2016 - 15:40:47
RFB - Ingresos regula la tributación de las remesas extranjeras
EN publicado hoy establece la tasa de retención de impuestos sobre la renta pagado, acreditado, empleados, entregados o remitidos al exterior

Se publicó en el Boletín Oficial de hoy, 26 de enero de la Instrucción Normativa RFB 1611, que prevé la imposición de la renta de retención de impuestos sobre la renta pagado, acreditado, empleados, entregada o remitida en el extranjero.

Con la expiración de la exención de las remesas en el extranjero destinadas a prestar servicios turísticos, los montos remitidos han sido objeto de la incidencia del Impuesto sobre la Renta de Retención (IRRF) a una tasa de 25%. Es importante destacar que la incidencia de IR sólo se producen en los casos donde hay ingresos por remesas que, en su mayor parte, se produce en el caso de pago de servicio como, por ejemplo, el caso se remite al pago de hotel, transporte , líneas de cruceros y paquetes de viaje.

En el caso de envío al comprar los boletos directamente hechas de aire o barco domiciliada en el exterior, el tipo de retención es del 15% y puede haber ningún impacto si el país de origen de la compañía no grava las remesas a Brasil (trato recíproco ).

El fin de la exención no altera los casos en los que no hubo incidencia de IR, o no caracterizarse como pago la renta, como en el caso del banco de transferencia de las mismas cuentas de propiedad, o porque no existe ninguna disposición legal para la recaudación del impuesto sobre la renta de retención, como en el caso de la importación de mercancías.

Los estados de instrucción de la no aplicación en el caso de las remesas al exterior con fines educativos y para la cobertura de los gastos médicos para la atención sanitaria en el extranjero, el emisor o sus dependientes.

Leer EN 1611 aquí.

Fuente: Ingresos Federales de Brasil

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