segunda-feira, 30 de novembro de 2015

STJ: Estado tendrá que compensar a los residentes para el cuerpo que se encuentran en el tanque de agua

11/26/2015 - 07:45 amDECISIÓNEstado tendrá que compensar a los residentes para el cuerpo que se encuentran en el tanque de agua
La Segunda Sala de la Corte Superior de Justicia (TSJ) reconoció el deber del Estado de indemnizar a dos residentes de la ciudad de San Francisco (MG) para tener agua consumida a partir de un depósito en el que se encontró el cadáver en descomposición humana. Tras el voto del relator, el ministro Humberto Martins, el grupo llegó a la conclusión de que no era una falta del deber de supervisión efectiva de Saneamiento tanque de agua de la Compañía de Minas Gerais (Copasa).
El incidente se produjo en 2010 y generó varias acciones judiciales de los residentes locales. En primer grado, la sentencia negó la solicitud de indemnización por daño moral. Los residentes apelaron, pero la decisión fue confirmada.
El Tribunal de Minas Gerais de Justicia consideró que, a pesar de la realización incómoda que había un cadáver en el depósito, "no había ninguna prueba de que el evento ha sacudido psicológicamente" residentes o les ha causado ningún daño. El tribunal también señaló la existencia de un informe pericial en el que se encontró que el líquido era apto para el consumo.
Fracaso
Los residentes apelaron a la Corte Suprema. Al principio, el ministro Humberto Martins decidido individualmente el tema, reconociendo la responsabilidad subjetiva por incumplimiento del concesionario debido a un fallo en el deber de cuidado del tanque de agua.
"A pesar del argumento en el sentido de que se observó todas las medidas razonables para mantener la seguridad local, el hecho es que ha sido hackeado, y el depósito era probable que romper cuando se dejó un cadáver humano", ha apuntado. Compensación se fijó en $ 3000 para cada residente, los intereses de demora de 1% por mes a partir de la fecha del evento dañoso.
El daño alegado
Copasa apelada, pidiendo que el asunto sea examinado por el grupo. Ministros confirmaron la posición del ponente. Para Humberto Martins, se presume el daño (en el IPSA re), que prescinde de pruebas de las pérdidas fuera de balance, ya que la evidencia de la ocurrencia del hecho ilícito es suficiente.
Martins dijo que se caracterizó el fracaso en la prestación del servicio, la indemnización por daño moral cuando Copasa no garantizaba la calidad del agua que se distribuye a la población.
El ministro evaluó como negar la ocurrencia de afrenta a la dignidad humana ", en consonancia con disgusto, la angustia, la humillación y la impotencia de la persona se vuelven conscientes de que consume agua contaminada por cadáver en avanzado estado de descomposición. Sentimientos que no puedan confundirse con la mera incomodidad cotidiana ".
Cuestión de orden
En una cuestión de orden juicio, el primer panel del STJ decidió tomar para el análisis de la Primera Sección resp 1.418.821. El autor es un residente de la ciudad minera que pregunta por los daños porque un cuerpo de seis meses descompuesto, se encuentran en el depósito de agua que abastece al municipio.
Hay varios recursos en el mismo hecho en el STJ. El ponente de este caso, el ministro de Napoleón Nunes Maia Hija detecta decisiones divergentes de los ministros de la Primera y Segunda Paneles y sugirió que el caso será asignado a la sección, que reúne a los ministros de los dos tableros.

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