Por seis votos a favor y dos en contra, la Corte Constitucional de Colombia aprobó el miércoles (4) la posibilidad de que las parejas del mismo sexo realizar adopciones en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales.
La decisión fue tomada durante la sesión completa de Sala de justicia, que concluyó el caso contra tres de los artículos del Código de la Niñez y la Adolescencia, que apuntan a aumentar las condiciones para su adopción en Colombia y garanticen el derecho de los menores a tener una familia.
Debates prevalecieron en la posición de reconocer que las parejas homosexuales son tan capaces como los heterosexuales para crear niños adoptados.
El veredicto debe ser en abril, pero el Tribunal Constitucional ha pospuesto una decisión sobre la adopción de niños por parejas del mismo sexo después de una votación que terminó en un empate.
En febrero, la Justicia colombiana había negado la adopción para parejas del mismo sexo, pero conservó la opción de activar cuando el niño es el hijo biológico de cualquiera.
En ese momento las aplicaciones consideradas por el Tribunal se refiere a la posibilidad de una pareja del mismo sexo a adoptar a un niño, pero hoy en día la decisión solicitud se basaba en el derecho del niño a tener una familia, aunque esté formado por una pareja homosexual .
El debate en la Justicia colombiana comenzó después de una demanda de Sergio Estrada, profesor de Medellín, con el que trató de cambiar tres de los artículos del Código de la Niñez y Adolescencia para niños sin familia puede ser adoptado por parejas del mismo sexo.
Con la decisión, Colombia es un país donde las parejas homosexuales pueden adoptar, pero todavía no puede casarse. Sin embargo, la legislación colombiana otorga los beneficios de los derechos de seguridad social y pensiones, entre otros.
En América Latina, países como Argentina y Uruguay ya cuentan con una legislación que permite la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo, mientras que en Brasil, Chile y Perú se presentaron iniciativas que no alcanzaron consenso.
Nenhum comentário:
Postar um comentário